perito calígrafo

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Firma Digitalizada

En atención a las incumbencias que entendemos relativas a la denominada “firma digital” conforme lo normado por la Ley  N° 25.506, así como lo dispuesto por la Oficina Nacional de Tecnologías de Información (ONTI). En tal sentido, se deberá tener en cuenta la  Política de Certificación respecto a las pautas generales de funcionamiento y su Manual de Procedimientos de Certificación detallando a su vez, las operaciones a seguir para una gestión correcta y eficaz.

                                              Del mismo modo, cabe destacarse las incumbencias específicas de los suscriptos, en su actuar como Calígrafo Publico Nacional, atento lo normado por la Ley 20.243(art. 4º) y Ley 20.859 (art. 5º).

También se tendrá en cuenta el Sistema utilizado de captación marca

En cuanto a las firmas digitales entendemos que las mismas no resultarían simplemente trazados o garabatos de difícil imitación, sino como funciones criptográficas complejas  pudiendo cumplir (en parte de los análisis) similares funciones que una firma convencional.

                                        Para manifestar su voluntad sobre un documento en papel, el suscriptor plasma una firma de puño y letra para su identificación, de modo similar puede hacerlo con una firma digital en el documento electrónico. Esa marca efectuada sobre dicho documento electrónico permite detectar cualquier alteración producida sobre éste en forma posterior a su firma, evitando así la comisión de cualquier tipo de fraude.

                                          Una firma convencional (la que fuera estampada generalmente en un soporte papel) puede ser cotejada con otras de la misma persona a fin de corroborar la comunidad gráfica de ambos grupos de elementos. Del mismo modo la firma digital podrá ser cotejada y convalidada.

Requisitos: Firma Digital.

 

                                              El Instructor de Firma Digital deberá conocer sus funciones y contar con el adecuado marco teórico y técnico, como para brindar correcta asistencia. Las firmas digitales, así como los certificados que permiten su verificación, resultan ser instrumentos esenciales a la hora de otorgar validez a los documentos electrónicos.

                                                Se requerirá la utilización de estándares tecnológicos basados en normas y protocolos internacionalmente aceptados, asegurando el correcto funcionamiento de Infraestructura de Firma Digital, así como también la interacción de las aplicaciones entre Certificadores Licenciados nacionales con las infraestructuras de Claves Públicas y/o privadas de otros países.

                                                  Por lo expuesto, la tecnología que viabiliza su utilización requiere de especial cuidado y atención.